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DEFINICIÓN DE VIVIENDA

 

"Recinto estructuralmente separado e independiente que, por la forma en que fue construido, reconstruido, transformado o adaptado, está concebido para ser habitado por personas o, aunque no fuese así, constituye la residencia habitual de alguien en el momento censal. Como excepción, no se consideran viviendas los recintos que, a pesar de estar concebidos inicialmente para habitación humana, en el momento censal están dedicados totalmente a otros fines (por ejemplo, los que estén siendo usados exclusivamente como locales).

 

Un recinto se considera separado si está rodeado por paredes, muros, tapias, vallas..., se encuentra cubierto por techo, y permite que una persona, o un grupo de personas, se aísle de otras, con el fin de preparar y consumir sus alimentos, dormir y protegerse contra las inclemencias del tiempo y del medio ambiente.

 

Se considera independiente si tiene acceso directo desde la calle o terreno público o privado, común o particular, o bien desde cualquier escalera, pasillo, corredor..., es decir, siempre que los ocupantes de la vivienda puedan entrar o salir de ella sin pasar por ningún recinto ocupado por otras personas.

 

En todo caso, se tiene en cuenta la situación actual del recinto-vivienda y no el estado primitivo de construcción, de modo que en las agregaciones o subdivisiones de viviendas se consideran cuantas unidades hayan resultado del proceso de transformación, siempre que cumplan las condiciones anteriormente definidas, e independientemente, por tanto, de su situación inicial de construcción.

 

Definiciones censales básicas. Instituto Nacional de Estadística (INE)

LA VIVIENDA COLECTIVA

 

"Vivienda destinada a ser habitada por un colectivo, es decir, por un grupo de personas sometidas a una autoridad o régimen común no basados en lazos familiares ni de convivencia. La vivienda colectiva puede ocupar sólo parcialmente un edificio o, más frecuentemente, la totalidad del mismo.

 

A efectos censales, se incluyen tanto las viviendas colectivas propiamente dichas (conventos, cuarteles, asilos, residencias de estudiantes o de trabajadores, hos pitales, prisiones...), como los hoteles, pensiones y establecimientos análogos. (...)

 

Definiciones censales básicas. Instituto Nacional de Estadística (INE)

 

 

 

LA VIVIENDA FAMILIAR

 

"Vivienda destinada a ser habitada por una o varias personas, general pero no necesariamente unidas por parentesco, y que no constituyen un colectivo, según la definición anterior.

 

Las viviendas familiares se incluyen en el Censo de Viviendas, con independencia de que estén ocupadas o no en el momento censal. No se incluyen, en cambio, los recintos construidos inicialmente para viviendas pero que en la época de los Censos se utilizan exclusivamente para otros fines (viviendas que se han transformado totalmente en oficinas, talleres, almacenes..., que son censadas como locales).

 

 

Definiciones censales básicas. Instituto Nacional de Estadística (INE)

ALOJAMIENTO

 

Vivienda familiar que presenta la particularidad de ser móvil, semipermanente o improvisada, o bien que no ha sido concebida en un principio con fines residenciales pero, sin embargo, constituye la residencia de una o varias personas en el momento del censo (por tanto, los alojamientos vacíos no se censan). Los alojamientos pueden ser fijos, como:

 

−Las viviendas semipermanentes que, aunque son semejantes a las viviendas familiares en algunos aspectos, son utilizadas nada más que durante un tiempo limitado (normalmente menos de 10 años).

 

−Determinados recintos destinados a vivienda que se construyen sin ningún pilar y con materiales de desecho (latas, cajas...): chabolas, chozas...

 

−Otros recintos, cuyo destino es distinto del de vivienda, y que no han sido reconstruidos ni reformados para ser utilizados con fines residenciales, pero en los que a pesar de eso vive gente en su interior; por ejemplo, los espacios situados en cuadras, pajares, molinos, garajes, almacenes, locales, así como las cuevas y otros refugios naturales que han sido habilitados para vivir en ellos.

 

Definiciones censales básicas. Instituto Nacional de Estadística (INE)

NOTA PROPIA: Estas definiciones de vivienda hacen referencia expresa a la concepción occidental de la vivienda, puesto que en países donde predominan las viviendas comunitarias, los requisitos no se ajustarian.

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